Bioética y derechos humanos
Dr. Hugo Calienes Bedoya
Rector USAT
El diario oficial “El Peruano” hizo publico el Decreto Supremo No. 011-2011-JUS. en el que se aprueba los lineamientos de Bioética, en concordancia con los derechos humanos, que se deben tener en cuenta tanto en la investigación biomédica y en el ejercicio de las profesiones de la salud como en todo lo relacionado con la tutela del medio ambiente, biosfera y biodiversidad. Es una de las decisiones pendientes que estaban en el tintero y que se promulgó el último día de gobierno del presidente Alan García. Merece nuestro reconocimiento por ese acierto. Se trataba de una laguna importante por llenar precisamente en momentos en los que la tecnología irrumpe con fuerza y con no poca agresividad.
Respeto por la dignidad de la persona humana es la clave del decreto. Por muy atractivas que se muestren las actuales, y futuras, investigaciones en este campo si se olvida que el fin no justifica los medios, se termina yendo contra el claro principio kantiano: la persona (la humanidad) es un fin en si misma y nunca puede ser instrumentalizada.
Otro de los aportes es hacer hincapié en la visión personalista de la bioética. En America en general se ha venido cultivando la bioética principialista por lo práctico que resulta su aplicación. Esta bioética es importada de Norteamérica. Su génesis fue la reacción indignada del gobierno por el “caso Tuskegee”, experimento llevado a cabo con ciudadanos negros del estado de Alabama. Para evitar suceso parecidos se creó una comisión que fijara los criterios que debía seguir todo ensayo clínico. El resultado fue el llamado “Informe Belmont”. Este Informe fue posteriormente reelaborado por T. Beauchamp y J. Childress quienes “alumbraron” los actuales principios de esta bioética. Por tratarse de una bioética adaptada carece de fundamentación antropológica filosófica consistente (mezcla el deontologismo con utilitarismo consecuencionalista) y cuando se presentan los auténticos dilemas éticos, los derechos humanos salen mal parados y casi siempre vulnerados.
En cambio la bioética personalista es mucho más rica y tiene un sólido fundamento antropológico filosófico. Sus principios, si bien algunos se pueden solapar con los de la bioética principialista, por ser de carácter universal, son más completos y respetan plenamente la dignidad humana y sus correspondientes derechos. Si hacemos una comparación entre ambas fácilmente comprobamos las ventajas de una sobre otra de cara a esta defensa.
Ahora es responsabilidad de los integrantes de los “Comités de Bioética” de los hospitales, clínicas y centros de investigación, así como de los profesionales de la salud y medio-ambientalistas, iniciar una capacitación “ad hoc” para manejarse con soltura dentro de los principios de la bioética personalistas y cumplir con lo que manda la ley.
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